La Declaración de los Derechos del Niño fue bosquejada por Eglantyne Jebb y adoptado por la International Save the Children Union, Génova, el 23 de febrero en 1923 y proclamada por la Asamblea General en su resolución1386 (XIV), de 20 de noviembre de 1959. En esta constitución queda expresada los derechos que poseen los niños y significa que todos los niños tienen iguales derechos los cuales los convertirán desde la infancia en adultos responsables y libres. Las causas de la formación y creación de los derechos del niño es su determinación de promover el progreso social y elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad.
Se los estipuló en una larga lista de artículos;
Principio 1
Todos estos derechos deberán ser reconocidos y cumplidos sin excepción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión o de otra índole, origen nacional o social, nacimiento u otra condición.
Principio 2
La ley dice que gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad.
Principio 3
El niño tiene derecho desde su nacimiento a tener una identidad a través de su nombre y su nacionalidad.
Principio 4
Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; también tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos.
Principio 5
Debe recibir educación y cuidados especiales en caso de que el niño sea física o mentalmente impedido.
Principio 6
El niño necesita amor y comprensión para su mejor desarrollo y deberá crecer bajo la responsabilidad de sus padres. La sociedad y las autoridades públicas tienen la obligación de cuidar a los niños sin familia que carezcan de medios adecuados de subsistencia.
Principio 7
La educación del niño será gratuita y obligatoria. Se le dará una educación que le permita desarrollar sus aptitudes y su sentido de responsabilidad moral y social, y llegar a ser un miembro útil de la sociedad.
Sus padres tienen la responsabilidad de la educación y orientación moral.
El niño tiene derecho a disfrutar plenamente de juegos y recreaciones.
Principio 8
El niño debe figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
Principio 9
No será objeto de ningún tipo de abandono, crueldad y explotación.
No se le hará trabajar al niño antes de una edad mínima; ni se le permitirá que se dedique a ocupación o empleo alguno que pueda perjudicar su salud o su desarrollo físico, mental o moral.
Principio 10
Debe ser protegido contra la discriminación racial o religiosa y ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad y paz universal.
A todos estos artículos yo le agregaría:
Principio 11
“Que todos los niños tengan derecho a un nivel de vida que no sea la pobreza extrema. Uno que le permita poder vivir bien”.
Ninguno de ellos es novedad. Están desde siempre en la conciencia humana, la necesidad de convertirlos en personas libres y felices, a pesar de las razas, color, religión o posición económica. También el cuidado y el amor desde que nacen hasta ser adolescente, por la simple razón de ser imprescindible para una buena infancia y prepararlos para ser adultos libres.
Desde mi punto de vista, yo veo que estos derechos no se cumplen en ninguna parte del mundo porque hay mucha pobreza, por ejemplo en África donde hay niños abandonados, enfermos y sin nada para alimentarse, etc. y al carecer de lo indispensable para vivir me gustaría que el Estado aporte su granito de arena tratando de respetar y hacer respetar los principios proclamados en la carta de las Naciones Unidas. Colaborando con medicinas, alimentos, médicos, hospitales en zonas lejanas donde es imposible llegar ya que es el lugar donde más lo necesitan y también tratando de mantener la paz, la libertad y la justicia en el mundo para poder tener derecho a la dignidad y al valor como ser humano.
Entonces tendremos derecho de decir que vivimos en paz y felices sin necesidad de imágnes y palabras.
http://www.elmundo.es/elmundo/2006/07/07/solidaridad/1152276662.html
http://argijokin.blogcindario.com/2005/09/00721-declaracion-de-los-derechos-del-nino.html
http://www.unhchr.ch/spanish/html/menu3/b/25_sp.htm
jueves, 15 de mayo de 2008
Mi Reflexión
Publicado por Maria en 20:30
Etiquetas: 15/05/08 20:30
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4 comentarios:
me gusta el articulos de las alpargatas. creo que a veces lo que es muy poco para algunas personas es muchisimos para otras. como para los nenes que andan descalzos cuando hace frio. o algunas veces con zapatillas pero todas rotas. eso pasa aca en esquina, se ven a los nenito pidiendo, descalzos, con frio.
Hola María:
Lee cuidadosamente lo que sigue. Entre paréntesis encontrarás señalado lo que te falta.
Te recuerdo la consigna específica sobre esta reflexión que debiera llevarte a incluir material informativo (Estadísticas, citas de entidades que aportan informes sobre lso niños de la calle, etc.)
Lectura global y comprensión de la Declaración Universal de los Derechos del Niño.(PAra la reflexión analítica debieras puntualizar uno por uno y qué consideraciones desde la realidad, puedes aportar)
Reflexión y posterior escritura de las siguientes cuestiones:
¿Que quiere decir declaración Universal de los Derechos del niño? (No respondes)
¿Cuándo se acordó? ¿Cuáles pudieron se las causales de la Declaración? (Faltan las causales)
¿Agregarías algún otro derecho? ¿Cuál?
¿Es verdad que estos derechos, en la realidad, se cumplen universalmente? Justifica tu respuesta. (La justificación es muy pobre: aporta ejemplos que valoricen lo que dices: por ejemplo, los niños subalimentados en las zonas indígenas del Chaco Arentino - y aportar un vínculo que te lleve a un artículo que lo amplíe; los niños de las fabellas en brasil, y citar otro artículo) (¿Estás segura que en todo el mundo sucede lo mismo, o estás usando una hipérbole)
Redacta con tus propias palabras lo que piensas como respuesta, dándole forma de artículo uniforme y no como atendiendo a cada pregunta por separado (EL procedimiento que usaste es el deseado. No así el contenido)
Tendrás en cuenta, cada vez que publiques, referir al pie del artículo, la URL de la/s página/s donde has obtenido la información (verifica si el enlace funciona antes de dar la publicación definitiva).
Incluirás hipervínculo/s a temáticas coherentes con lo que se está tratando. (No has incluido hipervínculo dentro de la página)
Haz inclusión de imágenes (recuerda que si no la obtienes de un sitio que sea de uso libre, deberás citar la URL de donde las has obtenido, e incluir el nombre del autor (Puedes hacerlo a modo de pie de imagen poniéndole un nombre a la foto y en ese pie, marcar para hipervínculo)(No incluido)
3. Busca información que deje en evidencia la transgresión de esos derechos. Puedes usar información que evidencie la falta de reconocimientos de esos derechos. ( fotografías, artículos, historias personales, reportajes, videos, letras de canciones, poemas, fragmentos de narrativa literaria , viñetas, historietas, etc.) (EN proceso durante el desarrollo de la actividad)
Caro: estoy de acuerdo con vos... Gracias
SRA: Ya corregi los errores espero que esta vez este bien... Espero que le guste el cuento que publique! Yo lo habia leido cuando era chiquita!!
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